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Coronavirus: Derecho de visitas de los abuelos y prohibiciones de cambio de domicilio en el estado de alarma.

Otra medida de prohibición a los progenitores, tutores, a otros parientes o a terceras personas de aproximarse al menor y acercarse a su domicilio o centro educativo y a otros lugares que frecuente.

En fecha 11.03.20, la Organización Mundial de la Salud elevó la situación de emergencia de salud que regía hasta el momento, a la categoría de pandemia internacional. Las actuaciones del gobierno para proteger a los ciudadanos en esta nueva situación y que nos afecta de manera muy restrictiva, dimana de la deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14.03.20.

La Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, habilita al Gobierno para, en el ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 116.2 de la Constitución, declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzcan crisis sanitarias que supongan alteraciones graves de la normalidad. En este sentido, la dirección de los ministerios han articulado junto al gobierno una serie de medidas que tienen como excepción, entre otras consideraciones, la protección del menor.

¿QUÉ MEDIDAS DE PROTECCIÓN AL MENOR SE PUEDEN ARTICULAR EN EL ESTADO DE ALARMA?

Una de las posibilidades que el ordenamiento jurídico incluye para asegurar la prestación de alimentos y proveer las futuras necesidades del hijo, en caso de incumplimiento de este deber, por sus padres, son las previstas en el artículo 158 Código Civil.

Las medidas más significativas en este sentido, y, como consecuencia de la crisis sanitaria, serán las siguientes;

En plena PANDEMIA el Gobierno permite proteger al menor con las medidas necesarias para evitar la sustracción de los hijos menores por alguno de los progenitores o por terceras personas mediante, por ejemplo, autorización judicial para (i) salida del territorio nacional, y, (ii) cualquier cambio de domicilio del menor.

Siendo así, no rige excepción por ninguna cuestión para que el menor cambie de domicilio y/o abandone el territorio español sin autorización del Juez. Es decir, que los progenitores o los responsables del menor no podrán utilizar la excusa de la PANDEMIA para cambiar el domicilio del menor o alejarlo de su residencia habitual. No sirve de excusa ninguna situación extraordinaria ya que sin autorización judicial no será posible y se incurrirá en responsabilidad penal.

Otra medida muy importante que incluye el meritado artículo, es la medida de prohibición a los progenitores, tutores, a otros parientes o a terceras personas de aproximarse al menor y acercarse a su domicilio o centro educativo y a otros lugares que frecuente.

Un ejemplo de ello viene dado por el FACTOR DE RIESGO que supone la enfermedad COVID19, y respecto la relación de niños-abuelos.

Cabría aplicar esta petición de alejamiento frente a la autoridad judicial para que permita el alejamiento de manera temporal, y hasta que el RIESGO DEL CORONAVIRUS estuviera mitigado o controlado desde el punto de vista sanitario.

A los abuelos y terceros con derecho de custodia/visitas que se les impida las mismas con el menor sin autorización judicial, podrán articular este proceso para establecer algún tipo de comunicación con el menor.

Hoy en día, con el avance de las tecnologías, la comunicación entre parientes no puede faltar, es un derecho a exigir pero siempre por el cauce oportuno.

Si, como consecuencia del CORONAVIRUS algún menor entra en desamparo por cuestión sanitaria o de cualquier tipo, el Juzgado comunicará las medidas a la Entidad Pública y al efecto de que intervengan.

Si de la lectura de lo anterior aún tienes dudas, o, te preguntas;

¿cómo puedo proteger a mi hijo respecto de sus abuelos con derecho de visitas?, y, ¿cómo puedo impedir que a mi hijo lo hayan cambiado de domicilio sin mi consentimiento?

No lo dudes, CONSULTA GRATIS.

En GARRIGUES&KONINCKX ABOGADOS VALENCIA aceptamos desinteresadamente tus consultas y las respondemos gratuitamente.

No te quedes con la duda, aquí estamos para ayudarte.

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