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Estafa

¿CUÁNDO SE COMETE UN DELITO DE ESTAFA?

Comete estafa aquél individuo que con ánimo de lucro engaña a otro, induciéndole a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno. Este delito se encuentra regulado y recogido en el Código Penal en su artículo 248.

También cometen delito de estafa los siguientes:

Aquellas personas que con ánimo de lucro y a través de manipulación informática realicen transferencias no consentidas de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otra.

Los que fabriquen, posean o faciliten programas informáticos para la comisión de estafas.

Las personas que a través de tarjetas de crédito/débito, cheques o datos que contengan los mismos, lleven a cabo operaciones de cualquier tipo en perjuicio de su titular o un tercero.

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BLANQUEO CAPITAL

Las personas que cumplan el tipo de penal del delito de estafa, serán castigados con pena de prisión.

La pena será menor o mayor dependiendo de lo siguiente:

  • El importe de lo defraudado. Si no excede de 400€ la pena será de multa.
  • El perjuicio económico causado a la víctima.
  • Las relaciones entre el reo y la víctima.
  • Los medios empleados.

Las penas establecidas para el delito de estafa se agravarán cuando:

  • El delito cometido afecte a cosas de primera necesidad.
  • Se cometa abusando de firma, o documento público de cualquier tipo.
  • Los bienes afectados sean patrimonio histórico, artístico, cultural o científico.
  • El perjuicio económico o situación que deje a la víctima tenga especial gravedad.
  • Cuando el valor de la defraudación supere los 50.000€ o afecte a muchas personas.
  • Se aproveche o se abuse de las relaciones personales existentes entre la víctima y el defraudador.
  • En comisión de estafa procesal dentro de un procedimiento judicial.
  • Exista reincidencia en el tipo de delito.
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