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Aceptación Herencia

Para la aceptación de una herencia debemos facilitar:

  • Certificado de defunción, que se emitirá quince después del fallecimiento del causante
  • Un certificado de últimas voluntades
  • Certificado de seguros.

Estos tres certificados se pueden conseguir telemáticamente.

aceptacion herencias

Las distintas formas de aceptar la herencia son:

ACEPTACIÓN DE HERENCIA PURA Y SIMPLE, cuando se aceptan todos los bienes y deudas de la herencia.

ACEPTACIÓN DE HERENCIA A BENEFICIO DE INVENTARIO, cuando el heredero responde de las deudas hasta donde alcance el patrimonio hereditario, y el heredero no responde con sus propios bienes de las deudas de la herencia.

La RENUNCIA DE HERENCIA, en cambio, consiste en manifestar la voluntad de repudiar la herencia.

Ahora bien, antes de aceptar la herencia se puede realizar RESERVA DEL DERECHO A DELIBERAR, es decir, NO ACEPTAS NI RENUNCIAS A LA HERENCIA hasta que decides si la aceptas o renuncias.

En este campos los plazos y la convocatoria del resto de herederos, sea sucesión con testamento o sin testamento, es muy importante. Hay un plazo de 30 días sujeto a excepciones, para comunicar al Notario la formación de inventario con citación de acreedores y herederos, legatarios.

¿Qué es la formación de inventario?

Es el total debienes, derechos y obligaciones de la herencia, incluyendo su valoración económica.

Una vez formado el inventario y aceptada la herencia por todos los herederos y legatarios que les haya convenido, se procederá a la partición de la herencia. Esto se llevará a cabo conforme se haya descrito en el testamento si lo hubiere, o según la normativa estatal y autonómica de aplicación.

Si estás pensando en aceptar o no una herencia, o si necesitas de abogado especialista en herencia que te ayude a realizar la partición, plantear la impugnación de testamento y ejercitar cualquier otro derecho sucesorio, estamos a tu disposición consúltanos.

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