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Pensión Compensatoria

La pensión compensatoria es aquella obligación de un cónyuge al otro, cuando por causa de separación o divorcio, uno de ellos sufre un empeoramiento económico en relación al otro cónyuge.

La pensión compensatoria no tiene nada que ver con la pensión de alimentos, ya que ésta última solo se da cuando existen hijos en común y va dirigida exclusivamente por y para ellos.

Para que uno de los cónyuges tenga derecho a pensión compensatoria deben cumplirse en todo caso los siguientes requisitos:

  • El empeoramiento económico debe afectar únicamente a uno de los cónyuges.
  • Este empeoramiento debe de ser claro y real de manera que evidencie la diferente situación antes y después de la separación o divorcio.
  • Debe ser el propio cónyuge que sufre el empeoramiento económico quien solicite el derecho a la pensión compensatoria, ya que ésta no puede ser de oficio.

A la hora de fijar la cuantía, el Juez correspondiente atenderá a diversos criterios y circunstancias como las siguientes:

  • La edad y salud de los cónyuges.
  • Si han llegado a algún acuerdo en cualquiera de los términos.
  • La profesión y empleo de los cónyuges.
  • La colaboración con el trabajo y la familia de cada uno de los cónyuges.
  • Los ingresos y gastos de cada uno de los cónyuges.
  • El patrimonio de cada uno de los cónyuges.
  • Las ayudas económicas de cada uno de los cónyuges.
  • Cualquier otra que el Juez considere importante.

¿Cuándo se termina la pensión compensatoria?

Este tipo de pensión puede ser de carácter temporal o vitalicia.

Ante cualquier divorcio o separación es importante entender cuáles son nuestros derechos, plazos y medios de solicitud.

Por ejemplo, una pensión de viudedad no se concederá por regla general al cónyuge viudo que en el momento de la separación o divorcio no solicitó el derecho a pensión compensatoria.

Si te surge la duda respecto al derecho o no o si solicitar o no este o cualquier tipo de pensión dentro del ámbito del derecho de familia, no dudes en pedirnos asesoramiento antes de cometer algún error legalmente irreparable, consúltanos.

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