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Concurso Acreedores Empresas

El CONCURSO DE ACREEDORES es la herramienta que las empresas tienen para solucionar la insolvencia económica respecto de sus acreedores.

¿Cuándo se puede solicitar un concurso de acreedores?

La ley diferencia entre la insolvencia actual, cuando el deudor no pueda cumplir sus obligaciones económicas, y la inminente, que prevé que no lo podrá cumplir en un tiempo determinado. Siempre es aconsejable que se ejercita la acción de concurso, y, al menos, se valore, con tiempo suficiente de antelación a fin de establecer las medidas correctoras que sean posibles.

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La Ley Concursal nos dice que el plazo para solicitar la declaración de concurso será una vez que el deudor conozca su estado de insolvencia y en el plazo de dos meses. Pero no es preciso ni aconsejable agotar este tiempo, ya que los acreedores también pueden promover dicha solicitud en caso de insolvencia.

Hay que tener en cuenta que desde la presentación de la declaración de concurso no podrán iniciarse ejecuciones judiciales o extrajudiciales de bienes o derechos que resulten necesarios para la continuidad de la actividad profesional o empresarial del deudor.

¿Qué fases tiene un concurso de acreedores?

El concurso tiene varias fases, desde la solicitud de la declaración del concurso, donde es posible la aplicación de medidas cautelares, hasta la fase de determinación de la masa activa, masa pasiva y clasificación de los créditos, aprobación de convenio y liquidación.

Una de las fases más importantes es la de convenio. En esta fase se recibirán las propuestas de convenio que contendrán quita, esperas, fraccionamientos de pago. Si resulta aprobada estaremos a su disposición. Pero si no resulta aprobado el convenio, o bien, se incumple, seguiremos la fase de liquidación hasta que la masa activa sufrague la masa pasiva o bien la masa activa se liquide.

La última fase y de calificación será la de determinar si el concurso es fortuito o culpable.

El concurso será culpable cuando se aprecie dolo o culpa grave del deudor, y serán los administradores los responsables de los daños y perjuicios causados.

Si la empresa no se interviene correctamente por un profesional de la abogacía solvente, el concurso de empresa puede tener consecuencias desastrosas para la viabilidad de la misma y el patrimonio de sus administradores.. Consúltanos.

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