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Mediación Comercial

Un camino guiado por un tercero legitimado para solucionar tu conflicto, que ayudará a los mediados a conciliar un acuerdo beneficioso para estos, teniendo como premisa fundamental el respeto y la confidencialidad.

¿Qué es?

Un camino guiado por un tercero legitimado para solucionar tu conflicto, que ayudará a los mediados a conciliar un acuerdo beneficioso para estos, teniendo como premisa fundamental el respeto y la confidencialidad.

*Amparado por el Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, que transpone al Derecho Español la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles en los litigios transfronterizos.

¿Por qué?

Porqué compensa. Es mucho más rápido, menos traumático y menos costoso económica y emocionalmente que un pleito.

¿Para qué?

Para triunfar. Cuando se revelan diferentes posiciones/objetivos, pasamos de ser socios o aliados a ser enemigos. Mientras que si nos damos cuenta de que estamos luchando por el mismo interés, y nos permitimos la escucha o comunicación necesaria, alcanzaremos la transacción y/o éxito que nos proponemos. Esto es; Para la relación entre empresas; ya sean de la competencia, proveedores o del ámbito de negocio + Para la relación de la empresa con socios/trabajadores:

¿Qué validez tendrá el acuerdo?

Plena validez erga omnes. Deberá firmarse por las partes o sus representantes (art. 23. 2), y tendrá fuerza ejecutiva después de la protocolización notarial.

Tenemos las herramientas para encontrar la solución a lo que denominas ‘problema’.

En nuestro despacho siempre tenemos hueco para tu primera consulta.

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Para saber si tenemos derecho al cobro de una pensión compensatoria, primero que nada, debemos saber cuál es la definición de ésta:
La pensión compensatoria es aquella a la que tiene derecho el cónyuge, que tras un proceso de divorcio, ha desequilibrado su posición económica generando un empeoramiento económico en su futuro, frente al otro cónyuge.

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