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Derecho Laboral

El derecho laboral, también llamado derecho social, es la vertiente del ordenamiento jurídico que incluye una serie de disposiciones normativas que regulan la relación de trabajo realizado libremente y el trabajo realizado por cuenta ajena en relación de dependencia y por contraprestación.

El derecho laboral, también llamado derecho social, es la vertiente del ordenamiento jurídico que incluye una serie de disposiciones normativas que regulan la relación de trabajo realizado libremente y el trabajo realizado por cuenta ajena en relación de dependencia y por contraprestación.

Al efecto de determinar qué normativa invocar, es importante conocer la jerarquía de las mismas, y que es la siguiente:

  • Normativa comunitaria.
  • Constitución Española.
  • Normativa internacional
  • Leyes
  • Reglamentos
  • Convenios colectivos
  • Costumbre laboral
  • Principios generales del derecho

Esta jerarquía viene condicionada por los principios siguientes:

  • PRINCIPIO DE NORMA MÁS FAVORABLE.
  • PRINCIPIO DE CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA DE ORIGEN CONTRACTUAL.

Además, existe una excepción a lo anterior y vista la fuerza jurídica que se les ha otorgado a los LAUDOS ARBITRALES, y, por otra parte, la posibilidad excepcional de que la potestad administrativa configure condiciones de carácter laboral.

Derechos laborales más significativos.

Sin perjuicio de lo anterior, cabe destacar el contenido de la Constitución Española, donde los derechos más significativos y relevantes para el derecho laboral son los siguientes: Libertad sindical, derecho de huelga, derecho al trabajo y a la Seguridad Social de los condenados a penas de prisión. Principio de igualdad y no discriminación, derecho a la libertad ideológica, derecho a la intimidad personal, libertad de expresión, derecho de reunión, derecho de participación política y derecho a la tutela judicial efectiva.

En el ámbito de Seguridad Social se incluye en la constitución lo siguiente: es competencia exclusiva del Estado la legislación básica y el régimen económico de la Seguridad Social. En cambio, es competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas: la ejecución de los servicios de la Seguridad Social, la asistencia social y la sanidad e higiene.

Por lo tanto, vía legislativa se desarrollan los meritados derechos que deben de ir en relación a la jerarquía antes expuesta. Y, seguidamente, nos encontramos con los convenios colectivos, que pueden mejorar lo dispuesto en la norma en beneficio del trabajador, pero nunca ser ás restrictivos.

En la práctica diaria del abogado se debe de tener en cuenta todo lo anterior, pero sobretodo la jurisprudencia que un supuesto de hecho determinado ha generado. Es la herramienta definitiva que se ha de estudiar para analizar la viabilidad de un caso, ya que la jurisprudencia está en constante movimiento de detalles y matices, y no debemos olvidar que complementa la norma.

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