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Seguro de vida

¿Te obligó el banco a contratar un seguro de vida o de salud para poder concederte un préstamo?

Desde hace muchos años, las sucursales bancarias, de manera elegante y a veces capciosa ofrecen préstamos y ventajas que nos hacen preguntarnos ¿dónde está la trampa?.

Desgraciadamente, muchos de nosotros somos ignorantes e inexpertos y caemos en la trampa de firmar todos aquellos documentos que el banco nos pone por delante, pues el propio Banco te indica que lo firmes sin necesidad de lectura previa ya que lo que vas a firmar no es más que “lo que estábamos hablando…”

Sin embargo ¡OJO! Pues es costumbre de las sucursales bancarias obligar al cliente a contratar un seguro de vida o salud como requisito indispensable para la concesión del préstamo que solicita.

Por supuesto que el único beneficio de dicha contratación del seguro no es más que un incremento del pago en la cuota del préstamo a favor de la sucursal bancaria.

Este seguro o producto lo impone por la mediadora o sucursal bancaria como un producto imprescindible para la concesión del préstamo personal que el cliente solicita, ahora bien, nunca te explicarán las cláusulas y condiciones del mismo, pues su único objetivo es que firmes los documentos que el supervisor del Banco te pone delante.

¿Y qué es lo que estás firmando?

Entre otros, lo más probable es que el contrato de seguro de vida o de salud que estés firmando tenga una cobertura por muerte/invalidez absoluta u otra muy elevada.

¿Y dónde está la trampa?

En el cuestionario de salud al que no has sido sometido y que te has limitado a firmar, entre otros documentos, dirigido por el empleado de la sucursal bancaria.

Por regla general, si padeces una enfermedad, has sido intervenido quirúrgicamente, estás de baja médica o laboral, o has sido hospitalizado, jamás será recogido en el mencionado cuestionario de salud que es confeccionado por propio empleado de la sucursal bancario en su propio beneficio e interés.

Así las cosas, la sucursal bancaria utilizará como “as en la manga” para denegarte el pago de la cobertura del seguro, las siguientes razones:

  1. Haber faltado a la verdad en un cuestionario de salud al que jamás te sometieron.
  1. Por tener una enfermedad originada antes de contratar el seguro.

Y desde luego, la sucursal bancaria nunca te facilitará copia del supuesto cuestionario de salud a no ser que sea requerido para ello judicialmente.

GYK ABOGADOS discute constantemente en los Juzgados que en virtud del Art. 10 LCS se haga justicia y quede exonerado del deber de declarar el tomador del seguro su estado de salud al asegurador cuando el mismo no le someta a cuestionario.

Nuestro largo recorrido en este tipo de reclamaciones nos permite emplear las herramientas adecuadas para que la misma alcance el mayor beneficio posible para nuestros clientes.

Si éste es tu caso o tienes dudas,  contacta con nuestro despacho en una primera consulta totalmente gratuita.

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