Este es el caso de Maria, una mujer recién divorciada, que junto al que era su marido tenía tres hijos menores de edad. Y, aunque ella no había contratado ningún préstamo para reflotar el negocio de su marido, sí que aparecía como avalista en la mayoría de ellos. Además, estaban casados en régimen de gananciales, por lo que la posibilidad de que le reclamaran las deudas del que era su marido era muy alta.
En este sentido, transcurrido el tiempo, empezó a recibir cartas acusándola de morosa (a pesar de que las deudas moralmente no eran suyas), y se convirtió en una rutina sin calma las llamadas telefónicas de empresas de recobro. La llamaban a cualquier ahora. Y esta reclamación incesante exigiéndole el cobro se convirtió en un auténtico calvario, pues ya sabemos que estas empresas no atienden a razones de ningún tipo.
Afortunadamente, Maria tenía una buena nómina y que alcanzaba casi los 2.000,00 €/mes, pero también tenía muchos gastos como el alquiler de su nueva casa, y la manutención de sus hijos. Ella sabía que si las reclamaciones extrajudiciales de cantidad se convertían en ejecuciones judiciales su salario se vería altamente perjudicado, y, por lo tanto, el bienestar de su familia, pues el que era su marido no tenía ingresos y sus hijos dependían únicamente de ella. Siendo así, en este contexto tan complicado, decidió venir al despacho y preguntar por la Ley de Segunda Oportunidad.
En la primera reunión Maria nos mostró incredulidad, no sabía que este proceso te podía liberar totalmente de las deudas. Seguidamente, le explicamos el coste aproximado y las fases del mismo, a lo que respondió que estaría encantada de someterse pues no tenía nada que perder. Y, después de varios meses de duro trabajo, Maria ya puede decir que se ha liberado de las deudas y que lo principal sigue siendo su familia, a la que dedica todo su tiempo.
Si este es tu caso, mira la resolución que consiguió María, y CONSULTA GRATIS, te podemos ayudar.